sábado, 21 de julio de 2018

Teórico Conciliaciones Bancarias


CONCILIACION BANCARIA
Las conciliaciones bancarias son procedimientos de comprobación o control contable para ajustar los saldos contables de las cuentas bancarias a la realidad.

Lo que se verifica es que nuestros saldos contables relacionados con Bancos estén correctos y que representan la realidad.
Aunque no coincidan en un determinado momento con la información del Banco se puede establecer las diferencias; o sea las partidas conciliatorias; que explican las diferencias entre el saldo del Banco y el de la Empresa.

Nota: Los mismos conceptos que se verán aqui pueden ser utilizados para conciliaciones de tarjetas de crédito o de débito.

Periódicamente los Bancos envían a sus clientes de cuentas corrientes, resúmenes mensuales de los movimientos operados en sus cuentas para que podamos verificar que los movimientos que figuran en el Banco coincidan con nuestra contabilidad. 
Estos resúmenes se llaman Estados de Cuentas Bancarios. 
Esta información y otras de detalle están disponibles para cualquier usuario que tenga acceso a la información bancaria por Internet siempre que haya firmado un acuerdo de acceso a la información con el Banco.

Nota: 
Aunque esta información está referida a Conciliaciones Bancarias de Cuentas Corrientes, pueden ser utilizados los procedimientos para cualquier tipo de cuentas bancarias (Caja de ahorros, Plazos fijos, depósitos de valores, etc. 

Un contrato de cuenta corriente es un contrato especial entre el Banco y el Cliente o sea la Empresa o Persona Física que tiene una serie de cláusulas sobre administración de dinero. 
Tiene la particularidad este contrato de que es el único contrato bancario que permite la utilización de Cheques (ordenes de pago que emite el librador (empresa) para que el Librado (Banco) pague a un beneficiario (el que va a cobrar el importe del Cheque) un importe que el Librador previamente ha depositado, o sea: que tiene saldo suficiente o acuerdo de sobregiro para pagar el importe.

Los estados de cuenta bancarios presentan el saldo inicial, los movimientos del período (depósitos, cheques, notas de débito y crédito) y el saldo final, según los registros mantenidos en el banco.

Esa información está proporcionada por el Banco y por lo tanto está emitido como que la Empresa es su cliente, o sea, que la Empresa es su  acreedor, por lo tanto sus movimientos y saldos se muestran al revés de como nosotros lo mostramos en nuestra contabilidad (sus débitos serán nuestros créditos y viceversa).

Como parte de los controles internos necesitamos cotejar las anotaciones del estado de cuenta del Banco contra lo demostrado por los libros de la Empresa. 

Normalmente estos saldos no coincidirán debido a las diferencias de tiempo en el registro de las partidas en ambas entidades, en un momento determinado, estos pueden deberse a:

A)   Partidas contabilizadas por la empresa y no por el Banco
Estos pueden ser porque se necesitan un tiempo para concretar los procesos administrativos:

Débitos en la empresa 
a)    Depósitos contabilizados pero pendientes de acreditación por parte del Banco (el banco demora un tiempo para verificar si los valores depositados existen).
Créditos en la empresa
b)    Cheques librados pero no presentados al cobro al banco (nuestro acreedor demora un tiempo en ir a cobrar el cheque).
     
B)   Partidas contabilizadas por el Banco y no por la empresa:
Las mismas pueden ser porque el banco no emite

Débitos del Banco (son conceptos negativos para nosotros)     
c)    Notas de débito computadas por el banco pero pendientes de contabilización en la empresa (el Banco no envía la documentación o lo hace en diferido para agilizar el trámite y además porque posiblemente ya está establecido en el contrade cuenta corriente).
Créditos del Banco (son conceptos positivos para nosotros)
d)    Notas de crédito computadas por el banco pero pendientes de contabilización en la empresa, por ejemplo depósitos de terceros o acreditaciones de vales (La empresa no se tiene los comprobantes a tiempopara registrarlos).

Ajustes del saldo final del Banco:     
e)    Errores u omisiones por parte de la empresa o del Banco tales como:
  •  imputar a la cuenta de un banco o empresa una operación correspondiente a otro/a.
  •  contabilizar un depósito, cheque, nota de débito o crédito por un importe distinto al correcto.
  •  omitir el registro de un cheque o depósito.
  •  calcular erróneamente el saldo de la cuenta.

Todos los conceptos mencionados constituyen Partidas de conciliación o Partidas conciliatoria entre los saldos según banco y según empresa.

Procedimiento de Conciliación:
Existen varias maneras de realizar la conciliación bancaria:

1°) Si se parte del saldo demostrado por el estado de cuenta bancario y se desea arribar al saldo según libros de la empresa:

A) Deben sumarse:

1)    Los depósitos tomados por la empresa pero pendientes de acreditación  por parte del banco.
2)      Las notas de débito computadas por el banco pero no por la empresa.
3)    Las notas de crédito contabilizadas pero que el banco pudiera haber omitido computar.
4)     Otros conceptos derivados de errores de la empresa que hayan incrementado indebidamente el saldo contable.
5)  Otros conceptos derivados de errores del banco que hayan reducido indebidamente el saldo presentado en el estado de cuenta.

B)
 Deben restarse:

1)     Los cheques emitidos y contabilizados pero no debitados por el banco.
2)     Las notas de crédito computadas por el banco pero no por la empresa.
3)     Las notas de débito contabilizadas pero que el banco hubiera omitido computar.
4)   Otros conceptos derivados de errores de la empresa que hayan disminuido erróneamente el saldo contable.
5)   Otros conceptos derivados de errores del banco que hayan incrementado indebidamente el saldo según el estado de cuenta.

2°)  Si se parte del saldo según libros y se desea arribar al saldo demostrado por el estado de cuenta; lo que en el primer método se restaba ahora se suma y lo que se sumaba ahora se resta.

3°)  Partiendo de los dos saldos y llegando a sumas iguales o saldo real de la cuenta (este es el que recomiendo, aunque cualquier método es válido) ; deben sumarse y/o restarse las partidas conciliatorias respectivas del Banco y de la empresa.

La Conciliación Bancaria consiste en el cotejo integro del estado de cuenta emitido por el banco y la cuenta de la contabilidad. Dicho cotejo debe realizarse partida por partida (depósito contra depósito, cheque contra cheque, etc.).

Las partidas que no se presenten con las mismas características en ambos elementos pueden constituir:
a) partidas pendientes a la fecha a la que se practica la conciliación.
b) partidas pendientes a la fecha de la conciliación anterior, que se "limpiaron" durante el período al que corresponde el cotejo.
  Por lo tanto la Conciliación quedará constituida por:
a) las partidas pendientes a la fecha de la conciliación anterior que no se "limpiaron" durante el período.
b) las partidas pendientes que se originaron durante el período.

La tarea de conciliación no finaliza con esto, luego debe procederse al análisis de las partidas conciliatorias, solicitar a los bancos la documentación eventualmente faltante  y corregir los errores u omisiones que se hubieran cometido contablemente.

Notas:
Existen dos tipos de conciliaciones bancarias: 

1) las que se hacen periódicamente durante el año como rutina y 
2) las de fin de ejercicio.

La diferencia entre una y otra es el procedimiento y su finalidad: 
1) En las conciliaciones bancarias periódicas se expresan en un acta y se espera que durante el ejercicio se vayan "limpiando" las partidas conciliatorias a medida que se sucedan los hechos económicos. Es un procedimiento de rutina para actualizar la información de la contabilidad de la empresa y mantenerla al día.

2) En las conciliaciones de fin de ejercicio se determina el saldo real del banco; o sea, al final no hay partidas conciliatorias en la empresa, se registran todas las partidas contabilizadas por el banco y no por la empresa.

Mi Método preferido:
1) Se parte del saldo de la empresa y se suman y restan las partidas contabilizadas por el banco y no por la empresa:

Saldo según Empresa:
+ Créditos del estado de cuenta bancario (Depósitos de terceros, acreditaciones de vales, intereses ganados, etc)
- Débitos del estado bancario (libretas de cheques, comisiones bancarias, etc)
--------
Saldo Real

2) Por otro lado se parte del saldo del estado bancario y se suman las partidas contabilizadas por la empresa y no por el banco:

Saldo según estado bancario
+ Créditos de la empresa (Depósitos, p. ej)
- Débitos de la empresa (Cheque no cobrados aún, etc)
--------
Saldo Real

En ambos casos llegamos al saldo real de la empresa.

A fin de ejercicio el procedimiento además implica registrar todos los movimientos contabilizados por el banco y no por la empresa.

Entonces el proceso es:

1) Se hace la primera conciliación (igual que lo mostrado anteriormente)
2) Se registran las partidas contabilizadas por el banco y no por la empresa (Ajustes)
3) Se hace la segunda conciliación que es igual a la primera pero no hay partidas conciliatorias del lado de la empresa, o sea, en la empresa el saldo es el Real.

Ejemplo de conciliación bancaria:
Aqui tenemos el mayor del la cuenta corriente de la cuenta corriente en Scotiabank de la Empresa, la información proporcionada por el Scotiabank enviada a la empresa y por último, más abajo, la conciliación bancaria a la que se arriba al saldo real.



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